Habilitaciones - Por Reconocimiento De Existencia


DESCRIPCIÓN

Trámite que se realiza cuando se reconoce judicialmente la existencia de la persona que fue declarada presuntamente muerta.

REQUISITOS OBLIGATORIOS
  • Pago de S/.17.00 nuevos soles en cualquier agencia del Banco de la Nación o Banco de Crédito del Perú o con su Tarjeta Visa afiliada a . A los pagos correspondientes a los servicios que brinda el RENIEC de acuerdo a nuestro TUPA; el Banco de Crédito del Perú, adicionará el monto de S/. 1.50 Nuevos soles; monto de Comisión por Recaudación que aplicará a los ciudadanos que efectúen sus pagos correspondientes por dichos servicios a través de las Ventanillas del Banco de Crédito del Perú.
  • Copia certificada del acta de defunción expedida por el Registro del Estado Civil con la anotación textual de reconocimiento de existencia, que deja sin efecto el asiento de defunción.
  • Fotografía actual tamaño pasaporte a color en fondo blanco.
  • Oficio y parte con la resolución judicial de reconocimiento de existencia consentida o ejecutoriada.
  • Ficha decadactilar


OBSERVACIONES

Si le quedó duda lea el detalle completo del procedimiento en el TUPA, llame gratuitamente a nivel nacional a la línea telefónica 0-800-11-040 Aló RENIEC ó dejanos un comentario y te responderemos a la brevedad.

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